CONSULTAS SOBRE EL CTE

CONSULTA

En las salidas accesibles de edificio previstas para uso exclusivo en caso de emergencia con rampa descendente en el sentido de la evacuación, ¿las hojas de las puertas pueden barrer directamente sobre la rampa, es decir, carecer del espacio horizontal de diámetro ∅ 1,20 m al no tratarse de un acceso accesible?

Respuesta
En contestación a su consulta le informamos de que, conforme al Documento Básico SUA 1-4.3.3 punto 3, el objetivo de la superficie horizontal (meseta) delante de las puertas es que los usuarios de silla de ruedas dispongan de espacio suficiente para poder parar, descansar y relaizar las maniobras de giro necesarias sin el riesgo de caer por la rampa.

En este sentido, en aquellas rampas de itinerarios accesibles “de uso exclusivo de evacuación/salida” podría suprimirse la meseta a continuación de la puerta en el sentido de salida del edificio, puesto que el espacio para poder parar, descansar y realizar las maniobras de giro necesarias se realiza en la zona de apertura de la puerta. En todo caso, se debe asegurar el uso exclusivo de estas puertas, que evite un uso inapropiado de las mismas, e informar de este hecho mediante una adecuada señalización informativa.