[864] Resistencia al fuego de forjados unidireccionales

Consulta referente al Anejo C. Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado del DB SI:

En el apartado C.2.3.5 Forjados unidireccionales, en el punto 3, se dice textualmente:

3. Para resistencias al fuego mayores que R 120, o bien cuando los elementos de entrevigado no sean de cerámica o de hormigón, o no se haya dispuesto revestimiento inferior deberán cumplirse las especificaciones establecidas para vigas con las tres caras expuestas al fuego en el apartado C.2.3.1. A efectos del espesor de la losa superior de hormigón y de la anchura de nervio se podrán tener en cuenta los espesores del solado y de las piezas de entrevigado que mantengan su función aislante durante el periodo de resistencia al fuego, el cual puede suponerse, en ausencia de datos experimentales, igual a 120 minutos. Las bovedillas cerámicas pueden considerarse como espesores adicionales de hormigón equivalentes a dos veces el espesor real de la bovedilla.

La consulta es:

1. Deberán cumplirse las especificaciones establecidas para vigas con las tres caras expuestas al fuego en el apartado C.2.3.1, cuando se den las tres condiciones que anteceden, o solo con que se dé una de ellas ( cualquiera de ellas) , hay que cumplir lo especificado en el apartado C.2.3.1?

2. Se dice que las bovedillas cerámicas pueden considerarse como espesores adicionales de hormigón equivalentes a dos veces el espesor real de la bovedilla. Se entiende que las bovedillas de hormigón se deben considerar solo con su espesor real, o incluso no se pueden considerar?

Respuesta

1. Cuando se dé una de ellas.

2. Con su espesor real.

Scroll al inicio