[817] Anchura mínima de escaleras en guarderías

Se nos plantea una duda en cuanto a la interpretación sobre el DB-SI y DB-SUA que pasamos a exponer:

Se trata de una guardería en dos plantas con una escalera y un ascensor accesible de comunicación vertical. Desde el punto de vista de evacuación se asimila a uso hospitalario con la flexibilidad en anchura de puertas y pasillos admitidos en el punto 3 de los criterios de aplicación del DB-SI.

La pregunta es referente al ancho de esa escalera ya que el DB-SI remite el ancho mínimo que se establece en DB SUA 1-4.2.2, tabla 4.1.

Entendemos que una cosa es la asimilación de la guardería al uso hospitalario donde los usuarios precisan de ayuda para en caso de evacuación, y otra distinta, la misma asimilación de ese uso en condiciones de utilización habitual. Por ello, se plantea una escalera de 1,00m de ancho útil para uso docente, siendo el uso previsto para menos de 50 personas. (por encima de la fórmula de cálculo del ancho que marca el DB-SI)

En la terminología del DB-SUA, determina el uso sanitario a edificio o zonas cuyo uso incluye hospitales, centros de salud, residencias geriátricas, consultorios, centros de análisis clínicos, ambulatorios, etc.

No consideramos que este uso sea el más adecuado en condiciones de utilización ya que la definición del uso docente nos parece más adecuado ya que el propio DB-SUA define el uso docente al edificio, establecimiento o zona destinada a docencia en cualquiera de sus niveles.

¿Es correcto el planeamiento o debe también asimilarse a uso sanitario en condiciones de utilización?

Respuesta
La asimilación (con flexibilidad) de las guarderías al uso Hospitalario que establece el DB-SI, para el DB-SUA no es trasladable al uso Sanitario, sino al uso Docente.

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