[450] Accesibilidad en aseos de establecimiento con cambio de actividad sin cambio de uso

Buenos días. Tenemos una duda sobre la aplicación de las condiciones de accesibilidad de un aseo en un local comercial en el que se va a cambiar la actividad a Peluquería (que también asimilamos a uso comercial, basándonos en Anejo A-Terminología, del DB SUA).

Con el cambio de actividad en el local, pero sin cambio de uso, el aseo debe pasar de uso privado a uso general, por lo que hay una modificación en la caracterización de este espacio.

¿Debería ser accesible el aseo en la nueva actividad de peluquería?¿Debe existir un itinerario accesible hasta dicho aseo desde la vía pública?

Respuesta
Como aclaración previa, que un establecimiento cambie de actividad sin cambiar de uso no supone necesariamente, como parece deducirse de la consulta, que cambie el carácter del aseo preexistente en dicho establecimiento de privado a público. De hecho, si el establecimiento ya era de uso comercial antes del cambio de actividad, muchas de sus zonas –posiblemente incluido el aseo preexistente- ya eran de uso público.

En cuanto al fondo de la consulta, al no haber cambio de uso la obligatoriedad de adecuar el aseo a lo que se establece en SUA 9-1.2.6 depende, conforme se establece en el punto 3 del apartado III de la Introducción del DB SUA y se indica en un comentario al mismo, de que la reforma, o bien incluya la modificación del aseo, o bien sea de tal alcance que la Administración competente juzgue proporcionado a dicho alcance la total adecuación del establecimiento a lo regulado por el DB-SUA, incluido el aseo.

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