Acabo de ver la respuesta [285] en la que se menciona la próxima publicación de la modificación el articulo 4.1 del SU, por la que se elimina la limitación de 44 cm en el lado mas ancho del escalón de una escalera de tramo curvo de uso restringido, y me gustaría saber si hay ya una fecha prevista para que entre en vigor esa modificación. Estoy actualmente redactando un proyecto con ese tipo de escalera y el diseño de la misma es de difícil resolución si se aplica la limitación del ancho máximo, así que si hay una previsión de aprobación inminente, entiendo que puedo diseñarla considerando ya la modificación de la normativa prevista. En el caso contrario, se podría justificar que no se aplica esa limitación porque hay ya admitida, por parte de la administración, una eliminación de la misma?
Respuesta
La aplicación de modificaciones reglamentarias previstas pero todavía no aprobadas y vigentes es responsabilidad de quien las aplique.