[135] Obligatoriedad de aplicar el CTE

Dado un local comercial de 87,00 m² con licencia de bar con cocina. El anterior dueño deja el negocio y el nuevo NO desea el traspaso de esta licencia pues el precio de ésta le resulta abusivo. Me solicita como arquitecto la gestión y tramitación de esta nueva licencia que por tanto NO CAMBIA DE USO EL LOCAL Y NO SE REALIZARÁ NINGÚN TIPO DE OBRAS DE REFORMA NI ACONDICIONAMIENTO en él.

Dispone este local de aseo masculino y antesala previa a él; y aseo femenino con antesala previa para éste. Siendo el pasillo que los comunica de anchura 0,82 metros y con un quiebro en su recorrido de paso 0,77 metros.

Ya que este cliente si ha de realizar estas obras no cogería en alquiler este local y negocio ya que la cantidad de gastos de los trabajos incluso la viabilidad técnica siquiera de dichas obras, le hace desestimar dicho local.

Ante la paradoja de si acepta el abusivo traspaso de licencia:»no se le requiere obras de accesibilidad» y si solicita licencia nueva y sin obra alguna ni cambio alguno de uso, «sí se le requiere en un principio esta adecuación»:

El ayuntamiento nos insta y nos remite a ustedes con el fin de justificar o no esta obligatoriedad de aseos accesibles en esta situación.

Respuesta
En el artículo 2 de su Parte I, el CTE establece que su aplicación es obligatoria en dos casos: cuando se realizan obras, ya sean de nueva planta o en edificios existentes, y cuando se cambia el uso característico de un edificio o establecimiento.

Cuando no hay obra ni cambio de uso, la aplicación del CTE no es obligatoria conforme al propio CTE. Lo que no impide que otras administraciones, en uso de sus competencias, amplíen dicha obligatoriedad a otras situaciones y procedimientos, como pueden ser las licencias de actividad, las legalizaciones, etc. En tales casos, corresponde a dichas administraciones determinar al alcance de la aplicación del CTE.

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