[1196] Paso libre puertas correderas de 78 cms

Acudimos a ustedes por una duda que tenemos en una promoción de 86 viviendas de uso residencial.

En el CTE DB SUA Anejo A, al hablar de las puertas de paso en los itinerarios accesibles, hace referencia a que las puertas han de tener «…una anchura libre de paso igual o superior a 0,80 m medida en el marco, pero que debido al grosor de la puerta, en el ángulo de máxima apertura de la misma, la anchur alibre de paso se puede ver reducida a 0,78 m.». Nuestra consulta es: ¿Esta anchura de paso reducida a 0,78 m es también aplicable y aceptada para puertas correderas?

Respuesta
La anchura de 0,78 m es la mínima admisible para el paso de puertas que deban ser accesibles.

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