El DB-SUA obliga en los proyectos de Residencial Público con más de 5 alojamientos a que uno de ellos sea accesible.
La consulta es la siguiente:
¿Este alojamiento accesible puede ser utilizado por personas sin discapacidad?, es decir si es el último alojamiento que queda en el establecimiento puede ser alquilado por todo tipo de personas, o solo puede ser alquilado por personas con discapacidad?
Respuesta
Desde el ámbito de aplicación del DB SUA no se establece ninguna condición a que un alojamiento accesible que no sea solicitado de forma simultánea por una persona con discapacidad pueda ser alquilado a cualquier otro cliente. En todo caso, estaríamos ante un tema de gestión de la accesibilidad y no de aplicación o interpretación del DB SUA.
