En la última versión comentada del DB SI se incluye un comentario a la tabla 3.1 de la Sección 3 que indica que pueden aplicarse las limitaciones de longitud de recorrido de evacuación establecidas para espacios al aire libre cuando se trate de Sectores de Riesgo Mínimo. Dichas limitaciones son de 50 m para una salida de planta y 75 m para más de una salida.
Por su parte la definición de Escalera Protegida establece que en la planta de salida del edificio, la longitud del recorrido desde el desembarco de la misma hasta una salida de edificio, cuando dicho recorrido se realice a través de un Sector de Riesgo Mínimo, no debe exceder el límite que con carácter general se establece para cualquier origen de evacuación del sector.
¿Conforme lo anterior, en la planta de salida del edificio, los límites a los recorridos de evacuacion a través de un Sector de Riesgo Mínimo desde el desembarco de una Escalera Protegida podrían ser de 50 y 75 m para una y dos salidas de edificio respectivamente?
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos que, efectivamente, conforme al comentario citado, el límite de longitud de recorrido de evacuación por un sector de riesgo mínimo (SRM) puede ser el establecido para un espacio al aire libre, desde cualquier origen de evacuación del mismo, incluso desde el desembarco de una escalera protegida.
