[753] Ámbito de aplicación CTE. Declaración responsable sin obras

Un cliente al cual le he realizado una Memoria Técnica para la implantación de una actividad comercial inocua en una nave de 136 m², destinada a la venta de repuestos de automoción, con carga de fuego baja y procediendo de una actividad anterior de gestión y manipulación de plásticos, se encuentra con notificación de informe desfavorable en base a SI 2 y la estabilidad de medianeras y cerramientos de fachadas.

No se han realizado obras, sin embargo pese a haberle indicado a la técnico municipal que el ámbito de aplicación entiendo y considero que es obligatorio en cambios de uso o ejecución de obras, requiere actuaciones correctoras en determinados elementos haya o no obras en el inmueble y argumenta la aplicación de Código Técnico siempre y sea cual sea el objeto de solicitud de licencia, ya sea una actividad potencialmente peligrosa (lógico), ya sea una actividad sin riesgo y sin obras (como el caso en cuestión). Este razonamiento de la técnico municipal entra en conflicto con otros casos de otros Ayuntamientos en los cuales sin obras o con obras de escasa entidad (decoración y mobiliario) no se ha exigido adecuación a CTE como ámbito de aplicación.

La pregunta es ¿el ámbito de aplicación de CTE SI2 es obligatorio para cualquier solicitud de licencia de actividad por insignificante que sea y aunque no se requieran obras?.

Respuesta
Más allá de SI2, la aplicación del CTE en su conjunto es exigible (artículo 2.3, Parte I) a las intervenciones en edificios existentes, entendiendo por tales (ver Anejo III Terminología de la Parte I) las ampliaciones, las reformas y los cambios de uso. Si no hay cambio de uso y no se va a hacer ninguna reforma, la aplicación del CTE no es exigible.

Por tanto lo que hay que valorar es si el cambio de “una actividad anterior de gestión y manipulación de plásticos” (¿?) a otra actividad “destinada a la venta de repuestos de automoción” es un cambio de uso.

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