Soy arquitecto municipal. He realizado una visita de inspección a un edificio plurifamiliar terminado, para la licencia de primera ocupación.
La licencia de obras fue informada por mi compañero, ahora jubilado.
Situación:
Garaje para 5 plazas. 165 m2 sup. útil.
No comunicado con resto de edificio.
Dos puertas de garaje, ambas con puerta peatonal integrada.
Consultas:
a) ¿Es admisible la puerta peatonal que tiene una barrera de unos 12 cm. en la parte inferior? El arquitecto director dice que es necesario, pues es el bastidor de la puerta principal.
b) La puerta es motorizada. Mi compañero exigió en el proyecto que no lo fuera, pero el director de obra me dice que ahora tienen un sistema de seguridad que las hace admisibles. Si es admisible no me parece lógico impedir que los usuarios puedan disfrutar de dicho sistema (obligándoles a un esfuerzo físico innecesario para abrir el portón del garaje, con los riesgos de seguridad nocturna derivados: salir del vehículo, etc.)
Respuesta
a) Como excepción a lo que se establece en SUA 1-2, en el caso de portones industriales o de garaje, se puede admitir la presencia del bastidor en la parte inferior necesario para garantizar la solidez de la puerta principal del portón. No obstante, en el caso de que el itinerario deba ser accesible conforme al SUA 9 la solución de puerta incluida en el portón no sería válida si no es posible su uso por usuarios de silla de ruedas. (Sobre la instalación de puertas peatonales integradas en portones de garaje véase también el comentario al apartado 2 del SUA 7).
b) En lo referente al portón ha de considerarse lo dispuesto en el párrafo 3 del apartado 1.2. Impacto con elementos practicables de la Sección 2 del DB SUA cuya redacción va a ser modificada en una orden de inminente aprobación y quedará como le indico a continuación (subrayadas las modificaciones):
3. Las puertas, portones y barreras situados en zonas accesibles a las personas y utilizadas para el paso de mercancías y vehículos tendrán marcado CE de conformidad con la norma UNE-EN 13241-1:2004 y su instalación, uso y mantenimiento se realizarán conforme a la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009 y la norma UNE 85635. Se excluyen de lo anterior las puertas peatonales de maniobra horizontal cuya superficie de hoja no exceda de 6,25 m² cuando sean de uso manual, así como las motorizadas que además tengan una anchura que no exceda de 2,50 m.
