[128] Cabinas de aseos o vestuarios. Origen de evacuación

Estamos realizando una reforma de un bar restaurante y quisiéramos realizar una consulta sobre la interpretación del DB-SI. Si esta dirección de correo electrónico no fuese la correcta para realizar este tipo de consulta nos gustaría que nos indicasen la dirección correcta para realizarla. La consulta es la siguiente:

El bar restaurante dispone en planta sótano de dos aseos (superficie útil 10 y 12 m²), en cuyo interior hay 1 y 2 cabinas de inodoro respectivamente. Actualmente a las cabinas de inodoro se accede a través de puerta de 60 cm de paso libre. El departamento técnico del ayuntamiento considera que las cabinas de inodoro son origen de evacuación al tratarse de un local donde la gente puede no estar familiarizada y por lo tanto exige modificar las puertas para que tengan 80 cm de paso libre. Nosotros consideramos que el origen de evacuación es la salida del aseo masculino y del femenino, al tener cada local una superficie inferior a 50 m². Creemos que aunque una persona visite por primera vez el bar restaurante, al ser tan pequeña la dimensión de la cabina de inodoro (1,50 m²), una puerta de 60 cm no debe suponer un obstáculo para la evacuación en caso de emergencia. Además una puerta de 80 cm de paso dificulta bastante el acceso a la cabina. En planta baja existe un aseo accesible para personas con movilidad reducida.

Nos gustaría saber cual de las dos interpretaciones de la normativa es la más adecuada.

Respuesta
Las cabinas contenidas en aseos o en vestuarios no se consideran origen de evacuación. Por ello, sus puertas, al no estar en recorridos de evacuación no precisan cumplir la anchura mínima de 0,80 m exigible a las que sí lo están, conforme a SI 3-4.2, tabla 4.1.

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