[949] Cerradura en salida de planta desde plaza de aparcamiento colectivo a vivienda

En relación al CTE DB SI, 3 número de salidas y recorridas de evacuación, nuestra consulta es la siguiente:
-Según la consideración aportada en los comentarios de este apartado, donde habla de las plazas de aparcamiento que comunican con sus correspondientes viviendas, el criterio indicado es:

“Si cada plaza de aparcamiento está abierta a las calles comunes de circulación y carece de puerta para vehículos, la comunicación con su vivienda es una salida de planta válida para el usuario de dicha plaza. Por tanto:- Si no existe otra salida de planta común de otro tipo (por ejemplo, una puerta normal o una escalera que conduzca al espacio exterior) cada usuario tendría una única salida disponible (la comunicación con su vivienda) por lo que los recorridos en el aparcamiento entre todo punto y el acceso a vivienda más alejado no podría exceder de 35 m.- Si existe otra salida común adicional, cada usuario tendría dos salidas posibles, por lo que los recorridos en el garaje no podrían exceder de 50 m, ni el máximo tramo de recorrido único (“en fondo de saco”) podría exceder de 35 m.”

Cumpliendo lo especificado anteriormente, la duda que se nos presenta, es la posibilidad de que esa salida de planta válida para el usuario de dicha plaza tenga o no cerradura.

En general las salidas de planta no deben disponer de este sistema por tratarse de vías de evacuación, pero como se interpreta en la normativa que es válida como evacuación solo para el usuario de dicha plaza, nos genera la duda de si sería posible o no la instalación de una cerradura.

Respuesta
Ver consulta [829]
Además del comentario que se cita en la consulta, ver también este, vinculado SI 1-2, tabla 2.1:

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