[934] Resistencia al fuego tras la recepción de la obra

¿Existe algún tipo de normativa o de organismo, que regule o controle los tipos de revestimientos que se pueden utilizar en el interior de un edificio, tras la recepción de la obra, que, por sus características de reacción al fuego y opacidad de humos, modifiquen la resistencia al fuego de las superficies de acabado de los paramentos, y por consiguiente, la seguridad de incendios del edificio?

Respuesta
Sí, esa normativa existe y es el propio CTE DB-SI. Hay que recordar que el artículo 11 del CTE Parte I establece que “los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes”. Es decir, las exigencias básicas que desarrolla el DB-SI.

Scroll al inicio