Me gustaría que me resolviesen una duda respecto a la longitud del recorrido hasta la salida de edificio desde una escalera especialmente protegida.
En el caso de una escalera protegida dicha longitud se mide desde la puerta de salida del recinto de la escalera o desde el desembarco de la misma. Mi duda es si en el caso de una escalera especialmente protegida para evacuación descendente con vestíbulo de independencia en la planta de salida de edificio dicha longitud de 15m debe medirse desde la puerta de salida del vestíbulo o desde la puerta de salida del recinto de la escalera.
Respuesta
En el caso de una escalera especialmente protegida, los 15 m de recorrido que, como máximo, debe haber en la planta de salida del edificio hasta alguna de dichas salidas, cuando dicha planta no sea un sector de riesgo mínimo, se deben medir desde la salida del vestíbulo de independencia de la escalera.
