[807] Dispositivo de alerta de presencia de peatones en salida de aparcamiento

En el apartado 4.3) del DB SUA-7 del Código Técnico de la Edificación, se indica lo siguiente:

«En los accesos de vehículos a viales exteriores desde establecimientos de uso Aparcamiento se dispondrán dispositivos que alerten al conductor de la presencia de peatones en las proximidades de dichos accesos».

En caso de aparcamientos que se proyectan en edificios de uso residencial privado donde las plazas de aparcamiento están vinculadas a las viviendas y el uso aparcamiento es subsidiario del principal ¿Sería obligatoria en este caso la señalización indicada en el citado apartado 4.3?

Respuesta
No. El artículo se refiere literalmente a “establecimientos de uso Aparcamiento”, por lo que en los aparcamientos de edificios de uso Residencial Vivienda subsidiarios de dicho uso no es de aplicación.

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