[743] Columna Seca

En un edificio al que por su altura de evacuación se le exige tener dos escaleras, y a su vez la dotación de Columna Seca. ¿Debe disponerse una instalación de columna seca por cada caja de escalera?

En la NTP 43 de 1983 se establecía como buena práctica y en base a la CPI-82 una columna seca por cada caja de escalera. Pero no son normas de obligado cumplimiento.

En la CPI-96 se establecía el número necesario para que la distancia, siguiendo recorridos de evacuación, desde una boca de salida hasta cualquier origen de evacuación fuera menor que 60m.

El DB-SI no establece nada respecto al número de columnas secas a instalar, ni tampoco lo hace el “Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios”.

En el caso por ejemplo de un edificio de viviendas al que se le exijan dos escaleras, en el que generalmente éstas se situarían muy próximas, sería quizás innecesario duplicar la instalación. Pero en edificios de otros usos donde las escaleras pueden estar separadas y existir orígenes de evacuación bastante distantes, la instalación de una única columna seca podría ser insuficiente para abastecer a todos los puntos.

¿Podrían aclarar si existe alguna disposición al respecto o cual debería ser el criterio a aplicar?

Respuesta
En la revisión de los DB del CTE que está en tramitación se incluye lo siguiente:

“Las tomas de salida deben estar situadas en los vestíbulos de independencia de la escalera, en todas las plantas. Cuando esta tenga dos vestíbulos de independencia, la toma se puede colocar en uno de ellos, pero si cada uno de dichos vestíbulos dieran acceso a zonas que no estuvieran comunicadas entre sí o que, estando comunicadas, fueran diferentes sectores de incendio, se debe colocar un ramal de conexión de forma que haya tomas de salida en ambos vestíbulos.

Una toma de planta de una columna seca es suficiente y da cobertura, en su misma planta y sector de incendio, a los puntos situados a 50 m de recorrido desde dicha toma, como máximo.”

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