[680] Duda acción de viento

Consultas con referencia a la acción del viento:

La primera es saber cómo interpreta el coeficiente de exposición. Más concretamente, no sé cómo interpretar cuando nos encontramos en el borde del mar. Pongo 3 ejemplos que no sé cómo interpretar:

Si estamos a 200 m del mar, pero el edificio se encuentra protegido por una fila de edificios de igual tamaño que el nuestro, situados entre nuestro edificio y el mar.

Si nos encontramos a 500 m del mar pero sin ningún edificio delante.

Si nos encontramos a 1.500 m del mar pero sin ningún edificio delante.

La segunda cuestión es sobre el coeficiente eólico. Cita que para análisis locales de elementos de fachada, los coeficiente eólicos se establecen en el Anejo D.2. Si no me equivoco realmente tengo que mirar en el anejo D.3 y no en el D.2 ¿No es así? Y por otra parte, el área de influencia del elemento ¿a qué se refiere exactamente?

Respuesta
1. El tratamiento de los casos intermedios o la transición entre unas zonas y otras puede obtenerse con detalle a partir de lo establecido en la norma 1991-1-4:2007/AC:2010. En concreto, para el caso de la categoría I (borde del mar), de forma simplificada, se puede considerar que no cambia en 2000 m.

2. Efectivamente, se trata de una errata. El apartado al que se refiere es el D.3. El área de influencia se refiere a la zona expuesta al viento que pueda afectar a cada elemento, como la superficie de un panel, o el área tributaria de una correa.

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