Consulta sobre si la propia sustitución de una puerta de garaje manual por otra automática es «mantenimiento» o es reposición, o renovación o sustitución. Y si en función de las modificaciones de junio 2013, anejo III es un mantenimiento y por ello NO LE ES DE APLICACIÓN EL CTE, por ello y porque se edificó con anterioridad a la entrada en vigor del CTE
Si la interpretación de la aplicación de la Normativa corresponde al Ayuntamiento.
Puerta con paso peatonal que es la «única vía de acceso de planta y de evacuación», que según CTE debiera cumplir SI 3.6.1 – SUA 1.2 – SUA 1.2.3 – SUA2 1.1.1 – SUA2 1.2.3 – SUA 7.2.2. El garaje también dispone de ascensor, no escalera ni medidas de seguridad
El Anejo III de Mantenimiento: (textual)
Conjunto de trabajos y obras a efectuar periódicamente para prevenir el deterioro de un edificio o reparaciones puntuales que se realicen en el mismo, con objeto de mantenerlo en buen estado para que, con una fiabilidad adecuada, cumpla con los requisitos básicos de la edificación establecidos.
El criterio de proporcionalidad no ofrece una mejora sustantiva en el cambio que en todo caso complica el uso operativamente. Sea caso de bloqueo, sin desactivado del mismo por siniestro, a media altura precisando un E para arriba excesivo según situación y persona.
Argumentos para el caso: mera automatización con actualización a prestaciones actuales, la puerta no está deteriorada y una de las opciones es la motorización de la misma.
Respuesta
Conforme al CTE, la sustitución de una puerta de garaje manual por otra automática no se considera una obra de mantenimiento, sino una reforma o modificación de elemento que obliga a la aplicación del CTE.
