[669] Anchura pasillos para itinerario accesible

Para la instalación de un ascensor en edificio existente debe cumplirse la condición para «itinerario accesible» una anchura mínima de pasillos de 1,10 metros, admitiéndose anchuras de 1 m en longitudes inferiores a 50 cm (DBSUA). En la instalación del ascensor que se propone la longitud de pasillo es de 1,56 metros,
Me gustaría me aclararan:

1. Si el ancho permitido de 1 m. en los pasillos con longitud inferior a 50 cm, se toma de frentes de pared a pared o puede incluirse en esa medida la distancia existente entre el marco de la puerta de acceso a la vivienda particular os cm que existen dentro del marco de puerta de acceso a viviendas.

2. Si en lo pasillos de longitud 1,50 metros o más, debe cumplirse la anchura minima de 1,10 de «itinerario accesible»

Respuesta
Para la instalación de un ascensor accesible en edificio existente debe cumplirse la condición para «itinerario accesible» una anchura mínima de pasillos de 1,10 metros, admitiéndose anchuras de 1 m en longitudes inferiores a 50 cm (DBSUA). En la instalación del ascensor accesible que se propone la longitud de pasillo es de 1,56 metros.

1. El ancho permitido de 1 m. en estrechamientos de pasillos con longitud inferior a 50 cm se medirá perpendicularmente de pared a pared, si bien podrá sumarse a la anchura libre la distancia adicional proporcionada hasta el plano del marco de la puerta de acceso a la vivienda.

2. En los pasillos de longitud 1,50 metros, o más, debe cumplirse la anchura mínima establecida de 1,10 de «itinerario accesible».

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