Desearía saber si en una rampa con un 23% de inclinación, que conduce a un garaje de coches, ¿cuál debería ser la clasificación del suelo (de la rampa) según la Tabla 1.1 Clasificación de los suelos según su resbaladicidad?
Respuesta
Conforme a SUA 1-4.3.1. una rampa con una pendiente del 23% no es válida para peatones, ni aunque cumpla las condiciones de protección que se establecen en SUA 7-2.2. Por tanto, no le son de aplicación las condiciones de rebaladicidad de SUA 1-1.