[572] Zona accesible y accesibilidad a trasteros

Aplicación del comentario DB SI 3 9.2. El punto 2 determina lo siguiente.

¿Qué es una zona accesible?

¿Un grupo de trasteros de viviendas con ninguno de ellos asignado para personas con discapacidad, es obligatorio considerarlo itinerario accesible?

Respuesta
En el contexto del artículo al que se refiere la consulta, “zonas accesibles” son aquellas que conforme al DB SUA deban ser accesibles para personas con discapacidad. Dicho DB no exige (art. 9-1.1.3.1) que los trasteros no asignados a una vivienda accesible para usuario de silla de ruedas sean accesibles.

Scroll al inicio