[503] Aplicación de Norma UNE a bandas señalizadoras

Me surge una duda a la hora de señalizar en el suelo tal como contempla CTE-DB-SUA 9.2.2 (Condiciones y características de la información y señalización para la accesibilidad. Características) en su apartado 4 define como han de ser las bandas señalizadoras visuales y táctiles, para señalizar los arranques de escaleras, así como para señalizar el itinerario accesible hasta un punto de llamada accesible o hasta un punto de atención accesible.

Dice que tendrán un relieve 3±1 mm en interiores y 5±1 mm en exteriores, exclusivamente, con independencia de las anchuras.

Pregunta 1. ¿Estas bandas señalizadoras visuales y táctiles de NO ser de pavimento, deberán cumplir lo establecido en alguna Norma U.N.E.?

Pregunta 2. ¿Estas bandas señalizadoras visuales y táctiles de ser de pavimento, deberán cumplir lo establecido en la Norma UNE CEN/TS 15209:2009 EX

Indicadores para pavimentos de superficie táctil de hormigón, arcilla y piedra natural?

Respuesta
La norma UNE CEN/TS 15209:2009 EX establece condiciones para los pavimentos de superficie táctil de hormigón, arcilla y piedra natural y está incluida a nivel recomendatorio en el anejo C del DB SUA, por lo que no es de uso obligatorio ni para exteriores ni para interiores, aunque puede servir de referencia siempre que se cumplan los parámetros de altura del relieve establecidos en el DB.

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