Estamos proyectando una residencia geriátrica y tenemos dudas en la aplicación del DB SI ya que los técnicos de prevención del servicio contra incendios del Ayuntamiento de Zaragoza aplican directamente la anchura de pasillos como uso hospitalario (2,20 m).
Nuestra consulta sería la siguiente en base a la consulta 367
En la Comunidad Autónoma de Aragón tenemos el Decreto 111/1992, de 26 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las condiciones mínimas que han de reunir los servicios y establecimientos sociales especializados.
Para los Centros de Servicios Sociales con Internamiento, entre los que están incluidas las Residencias de Ancianos, se establece que, en las Unidades Residenciales, las camas serán fijas. Lo que impide el desplazamiento de los usuarios en cama.
También define la Unidad Residencial asistida como el conjunto de locales destinado a los usuarios de Centros de Servicios Sociales con internamiento, que precisan de silla de ruedas, muletas o andadores para su desplazamiento.
Si tenemos en cuenta que el CTE DB SI en el apartado III.3 incluye a las residencias geriátricas, pero el comentario posterior aclara que las anchuras mínimas de pasillos y puertas se establecen teniendo en cuenta la necesidad de desplazar pacientes en cama en caso de emergencia.
La consulta sería:
Para una residencia geriátrica en la que las camas, en cumplimiento de una normativa autonómica, son fijas y por tanto no permiten desplazar usuarios en cama. Y además cada usuario en función de su discapacidad dispone de silla de ruedas, andador o muletas.
¿La anchura mínima de pasillos es necesario establecerla en 2,20 m, o es suficiente con una anchura mínima que permita la doble circulación?
Respuesta
Corresponde a los técnicos de proyecto y de control intervinientes en cada caso la decisión (y la responsabilidad) acerca de si en un establecimiento de uso asimilado a Hospitalario será necesario o no realizar la evacuación de los ocupantes en caso de emergencia en cama y, con ello, si es necesario o no que los pasillos tengan la anchura mínima de 2,20 m que para tal fin establece el DB-SI.
