[358] Consulta escalas fijas para evacuación

De acuerdo con la consulta [317] ya resuelta por ustedes, ¿Podemos entender que las escalas fijas definidas en la Ordenanza de Seguridad en el Trabajo son válidas para evacuación de zonas ocupadas únicamente por personal de mantenimiento aunque se trate de locales de riesgo bajo?

Particularmente interpreto que para definir las características de las escaleras usadas para evacuación el DB SI remite al DB SUA y este documento señala para estos casos:

Hay quién opina que estas escalas son válidas para el uso pero no para evacuar un local de riesgo bajo. Pero qué sentido tiene por ejemplo permitirlas en un aerogenerador de los que vemos en los campos con una altura de 30 ó 40 metros y no permitirlas fuera de una sala de máquinas de clima en una entreplanta a 3m de altura.

Respuesta
En efecto, el comentario del DB SUA que señala es también válido a efectos del DB SI, el cual tampoco es aplicable a las condiciones de evacuación de zonas de uso exclusivo por personal especializado en mantenimiento, reparaciones, etc., ni a los elementos destinados a dicho personal: escalas, accesos, etc.

La regulación de las condiciones de evacuación de dichas zonas y elementos corresponde a la reglamentación de seguridad en el trabajo o bien a la específica de las instalaciones y equipos de que se trate.

Scroll al inicio