La duda es si se puede instalar la columna seca en los vestibulos de independencia de las escalera además de en las escaleras protegidas o no.
Ya que al no especificar en el CTE donde se coloca la columna seca, ni el reglamento de instalaciones contra incendios y despues de leer el comentario 3 de S4-1, a la Tabla 1.1. Dotación de instalaciones de protección contra incendios, sobre Posibilidad de que una boca de incendios cubre parte de otro sector. y aplicar el mismo razonamiento a la columna seca, no queda claro.
Respuesta
La revisión del DB SI que está en tramitación incluye al pie de la tabla 1.1 de SI 4-1 esta nota relativa a la ubicación de las tomas de las columnas secas: