[187] Nivel de la iluminación de balizamiento

Quisiéramos aclarar una serie de dudas que nos han surgido durante las inspecciones del Servicio de Prevención de Bomberos, en el momento de la legalización de unas salas de cine. Hay que puntualizar que el expediente de estas salas de cine todavía está basado en la CPI-96

Las dudas nos aparecen en el momento de la revisión del alumbrado de emergencia.

Tenemos claro que condiciones debería cumplir el alumbrado de emergencia en las vías de evacuación y para el alumbrado de los equipos de protección contra incendios, en caso de fallo del alumbrado normal y en el momento de una evacuación.
– CPI-96 Artículo 21.2
– DB SUA apartado SU4 2.3

La duda nos surge en que iluminación deberían presentar las vías de evacuación y los equipos de protección durante la proyección de las películas, cuando el alumbrado normal está apagado.
– Según la CPI-96 podríamos deducir (artículo 12.3) que el alumbrado normal sería como mínimo igual al alumbrado de emergencia, para evitar que las vías de evacuación estén en todo momento bien iluminadas, pero pensamos que está situación es incompatible con la comodidad para ver las películas.
– Según DB SUA apartado SU4 1.2, En las zonas de los establecimientos de uso Pública Concurrencia en las que la actividad se desarrolle con un nivel bajo de iluminación, como es el caso de los cines, teatros, auditorios, discotecas, etc., se dispondrá una iluminación de balizamiento en las rampas y en cada uno de los peldaños de las escaleras.

Aquí es donde nos viene el problema, ya que no se especifica qué nivel de iluminación debe tener ese balizamiento y al técnico del Servicio de prevención de Bomberos le parece que durante la proyección de la película tanto las vías de evacuación como las puertas de evacuación y los equipos de protección no están suficientemente iluminados.

Les agradecería que me indicarán que criterio debemos adoptar para la iluminación de vías de evacuación, puertas de evacuación y equipos de protección durante la proyección de las películas.

Respuesta
El objetivo de la iluminación de balizamiento no es «iluminar» una superficie como en el caso del alumbrado de emergencia, sino servir de referencia al señalar que en esa posición existe un escalón o una rampa. En este sentido, los pilotos de balizamiento existentes en el mercado cumplen con esta condición. El CTE no establece un nivel de iluminación de estos pilotos, sino la exigencia de que se dispongan.

La exigencia del CTE en cuanto a la iluminación de las vías de evacuación, puertas de evacuación y equipos de protección debe conseguirse mediante el alumbrado de emergencia que debe funcionar en caso de fallo del alumbrado normal.

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