Soy arquitecto municipal y le remito la presente consulta con la intención de alcanzar una interpretación lo más correcta posible del artículo 1 «Compatibilidad de los elementos de evacuación» de la sección SI 3 «Evacuación de ocupantes» del Documento Básico DB SI.
En el apartado 2 del artículo 1 se indica que en los establecimientos de uso Pública Concurrencia cuya superficie construida total sea superior a 500 m² y que estén integrados en centros comerciales, al menos las salidas de emergencia serán independientes respecto de las zonas comunes del centro comercial.
En relación con lo anterior mi consulta es la siguiente. En los casos que un establecimiento con superficie construida superior a 500 m² e integrado en un centro comercial cuente únicamente con salidas de uso habitual, ¿estas salidas deben ser independientes de las zonas comunes del centro comercial?. Si no se desea que las salidas de uso habitual sean independientes ¿deben necesariamente incorporarse salidas de emergencia independientes de las zonas comunes?.
Entiendo que la exigencia de independencia en las salidas está relacionada con la seguridad en la evacuación de los ocupantes del establecimiento y por tanto la decisión de dotar al mismo de salidas independientes no debe depender de la voluntad del proyectista o del promotor de incorporar, o no, salidas de emergencia, que como claramente se indica en el DB en ningún caso es obligatoria.
Respuesta
En el punto 2 de SI 3-1 nada obliga a que las salidas de uso habitual de un establecimiento de uso Pública Concurrencia mayor de 500 m² sean independientes de las zonas comunes del centro comercial en el que dicho establecimiento esté integrado. A lo que obliga es a que, cuando tenga salidas de emergencia, al menos estas sean independientes de las zonas comunes del centro comercial.
Como tampoco nada obliga a que, ni dicho establecimiento, ni ningún otro, tenga salidas de emergencia, no cabe decir que la intención del artículo sea dotar al establecimiento de salidas independientes, sino simplemente que cuando en dichos establecimientos se opte por disponer salidas de emergencia, estas conduzcan al exterior de centro comercial sin utilizar sus zonas comunes.
