CONSULTAS SOBRE EL CTE

CONSULTA

El apartado 2.1 del SUA4 establece las zonas que deben contar con alumbrado de emergencia, entre las cuales aparece “Los asesos generales de planta en edificios de uso público”.

¿Un aseo dentro de un local destinado a otro uso del característico de un edificio, tiene que contar con alumbrado de emergencia?

El caso común es un local, en planta baja o primera, con cualquiier otro uso (administrativo, docente, comercial o pública concurrencia) que el residencial privado que se desarrolla en el resto del edificio.

Respuesta
El objetivo contemplado en el SUA 4.2. e) para los aseos generales de planta de uso público, es facilitar que los usuarios desconocedores del edificio puedan encontrar el punto de salida en aseos de cierto tamaño, que contengan agrupaciones con varias cabinas de aseso. Al respecto véase comentario SUA 4-2.1.