Me pongo en contacto con ustedes ya que para un edificio residencial que estamos proyectando nos hemos interesado en la colocación de unas barreras de protección formadas por vidrios laminares. En la información facilitada por el suministrador nos indican que están ensayadas a impacto bajo las estipulaciones de la norma DIN 18008-4. En el documento básico de seguridad de utilización y accesibilidad (DB-SUA) en su documento de apoyo, se especifica que las prestaciones a impacto deberán encontrarse bajo la norma UNE EN 12600:2003.
Según el suministrador la normativa alemana es más restrictiva que la indicada en el DB. ¿Podrían ustedes confirmarme de algún modo que esto es cierto?
Respuesta
Damos respuesta a su consulta; la norma UNE EN 12600:2003 es únicamente una norma de ensayo y clasificación de los vidrios a impacto, pero no establece exigencias a los mismos, por lo que difícilmente otra norma, en este caso la DIN 18008-4, podría ser más restrictiva. Es el CTE el que establece exigencias para los vidrios, y lo hace en base a las clases obtendias mediante la citada norma UNE-EN 12600, por lo que con independencia de clasificaciones específicas de producto, siempre se debe comprobar que la clase de los vidrios en relación con su resistencia a impacto exigida en el apartado 1.3 de la sección SUA2 se ha obtenido conforme a la norma UNE-EN 12600:2003.
