[1116] Uso y accesibilidad en una academia

En el desempeño de mi trabajo me han surgido las siguientes dudas que paso a exponer.

Se trata de establecimiento destinado a academia de idiomas situado en un edificio cuyo uso principal es la de residencial vivienda. El establecimiento cuenta con planta baja y sótano. La planta de sótano cuenta con dos salidas de planta: el arranque de una escalera que comunica con planta baja y la puerta de un vestíbulo previo que conduce a los garajes de las viviendas. En el primer caso (por la escalera que comunica con planta baja), la salida al exterior se finaliza con dos salidas al exterior que tiene el establecimiento. En el segundo caso (vestíbulo que comunica con el garaje), una vez en el garaje, el recorrido continúa en una escalera especialmente protegida que conduce al portal del edificio (ésta en la planta baja dispone de una puerta de salida el exterior). Entiendo que esta solución es acorde con lo establecido en la SI 3.1 (superficie establecimiento 625 m²).

A la hora de aplicar la SI y SUA, nos surgen las siguientes dudas:

  1. ¿Para establecer el «uso» de este tipo de actividades, se podría considerar una academia de enseñanza como uso docente en cuanto a DB SI y como uso administrativo (centro docentes en régimen de seminario) en cuanto a DB SUA? ¿O solamente se pueden considerar como administrativos (DB SUA) aquellos que cumplan las características establecidas para despachos profesionales (superficie de 100 m² y ocupación de 10 personas)?
  2. A la hora de aplicar el CTE-DB-SUA9 (accesibilidad), para garantizar la accesibilidad en la planta de sótano se podría compartir el ascensor del edificio (residencial vivienda) o tendría que contar el propio establecimiento con un ascensor, salvaescaleras…suyo?

Respuesta
En el comentario «establecimiento para actividades profesionales» se establecen los límites para poder considerar un uso docente como uso administrativo. El DB SUA no establece condiciones relacionadas con la posibilidad de uso compartido del ascensor entre las viviendas y el establecimiento.

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