[1090] Consulta DB SUA 6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento

Recientemente hemos asumido la Presidencia de una Comunidad de Propietarios de 149 viviendas en la Comunidad Valenciana, concretamente en el municipio de Gandía. La edificación y urbanización de la Comunidad de Propietarios es del año 1991.

Esta comunidad tiene una piscina de 160 m2 de superficie con un fondo comprendido entre 1,40 y 1,60 metros, no dispone de ningún control de acceso de niños ni de personas mayores a la zona de baño.

El Administrador de la Comunidad de Propietarios, en la última junta nos trajo un documento en el que se comunica la obligariedad de vallar y proteger las piscinas en general, en base según ellos al DB SUA 6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento.

En dicha junta la mayoría de los vecinos votaron en contra del vallado de nuestra piscina. Nuestra pregunta como actuales miembros de la Junta Directiva de la Comunidad de Propietarios es saber si es obligatorio en nuestro caso según el documento adjunto proceder al vallado de la piscina.

Respuesta
Ver: II. Ámbito de aplicación y III. Criterios generales de aplicación del apartado Introducción del DB SUA, así como el artículo 2 de la Parte I del CTE.

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