[1024] Zona habitable – Recorrido de evacuación

En la definición de recorrido de evacuación CTE-DB-SI dice:

«Los recorridos que tengan su origen en zonas habitables o de uso aparcamiento no pueden atravesar las zonas de riesgo especial definidas en SI 1.2»

En este caso tengo un aseo para personal situado en un local Riesgo Medio, puedo evacuar a través de este local de riesgo especial? El uso del local es comercial.

¿Dónde viene la definición de zona habitable?

Respuesta
En contestación a su consulta le informamos que la única explicación del significado de «zona habitable» que aparece en el DB SI es la que figura en el comentario «Evacuación de un local de riesgo especial a través de otro» situado en la definición de «Recorrido de evacuación» del Anexo SI A de Terminología, según el cual por «zonas habitables» se entienden todas las que no sean de riesgo especial o aparcamiento.

 

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