Tengo una duda con respecto a la aplicación del cómputo de salidas de planta enunciado en el CTE. Se trata de una planta de oficinas cuya ocupación excede de 100 personas por lo que, aplicando el Código Técnico son preceptivas dos salidas de planta.
La duda que me planteo es la consideración de salida de planta. ¿Es posible disponer de una sola escalera especialmente protegida a cuyo vestíbulo de independencia se acceda por dos puertas considerando cada una de ellas una salida de planta o bien, cuando el CTE dice que será salida de planta “el arranque de una escalera compartimentada como los sectores de incendio, o una puerta de acceso a una escalera protegida, a un pasillo protegido o al vestíbulo de independencia de una escalera especialmente protegida”, quiere decir que se aplica una salida por escalera.
Respuesta
Un pasillo protegido que conecta con una escalera protegida o especialmente protegida (en realidad, el segundo caso es innecesario puesto que el propio pasillo protegido sería el vestíbulo de independencia de la escalera) puede disponer de dos salidas de planta, pero no de más. Véase comentario publicado:

Por otra parte, aunque en la consulta no se menciona la altura de evacuación del edificio, se dice que es de uso Administrativo y como la escalera es especialmente protegida cabe pensar que dicha altura es mayor de 28 m. En ese caso se recuerda que, como dicha altura obliga a que exista más de una salida de planta, al menos dos de ellas deben conducir a dos escaleras diferentes. Por tanto el edificio precisa tener dos escaleras especialmente protegidas.
