[1123] Consulta sobre vallado piscina

Recientemente hemos adquirido una vivienda en una comunidad de 14 viviendas que dispone de piscina comunitaria, tiene más de 20 años de antigüedad, la piscina tiene unas medidas de 12×4 más una zona de niños de 4×4, no dispone de ningún control de acceso de niños ni de personas mayores a la zona de baño.

Nuestra pregunta es saber si es obligatorio que la Comunidad de Propietarios proceda al vallado de la piscina.

Respuesta
Damos respuesta a su consulta: en relación a la misma le informamos que, salvo que se realice una determinada intervención a tenor de las definidas en la Parte I del CTE, la reglamentación sobre seguridad de utilización y accesibilidad en vigor no se aplica de forma retroactiva a edificios construidos con anterioridad, que deben cumplir la que estuviese vigente en el momento de su construcción.

Además del CTE pueden existir otras reglamentaciones autonómicas o normas aplicables a la apertura de piscinas cuya aclaración o interpretación no corresponde a este Ministerio, sino a la entidad que la ha elaborado y aprobado.

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