Mi consulta es la siguiente:
¿Es exigible la existencia de un aseo accesible en un establecimiento donde se confirma la inviabilidad de instalar un itinerario accesible (inviable también cualquier plataforma) debido al nivel existente entre acera y el interior del establecimiento? ¿Esto depende del uso del establecimiento?
Yo estoy trabajando en el caso concreto de una clínica dental. ¿Sería exigible el aseo accesible?
Respuesta
Ver comentarios al apartado III Criterios generales de aplicación del DB SUA y el Documento de apoyo DA DB SUA/2.