El motivo del email es enviar una consulta sobre el DB SI cuya contestación agradecería enormemente.
Mi consulta es la siguientes, ¿qué uso se aplicaría a un edificio de menos de 100 m2 que se pretende dedicar íntegramente al estacionamiento de vehículos privados (5 vehículos). Las alternativas que se me ocurren son:
a) Es un edificio de uso aparcamiento y debe cumplir todos los requisitos establecidos para el mismo, aunque esto iría en contra de la definicion del uso aparcamiento y del siguiente comentario

b) No es un edificio de uso aparcamiento (y por tanto no debe cumplir los requisitos exigibles a éste uso) y sí es un local de riesgo especial bajo, debiendo cumplir los requisitos de la tabla 2.2 de la sección SI 2. Además, dado que es obligatorio definir un uso del edificio para verificar el cumplimiento del resto de requisitos aplicables, aplicando lo establecido en el punto III.2 de la Introducción del DB SI, se considera que el uso al que mejor puede asimilarse es residencial vivienda.
c) idem a la b), sólo que el uso al que mejor puede asimilarse es aparcamiento, pero aplicado de manera flexible.

Respuesta
En contestación a su consulta le informamos que, por definición, la clasificación y medidas recogidas en el DB SI se establecen para locales de riesgo especial integrados en edificios. Si el aparcamiento que plantea en su caso no estuviera integrado en un edificio con un uso principal determinado según los definidos en el DB SI, y ya que los locales de riesgo especial no constituyen un uso diferenciado por sí mismos, parece razonable, a efectos de asimilación, adoptar las soluciones establecidas para uso aparcamiento.
