[1044] Puerta corredera con puerta de paso

Se quiere clasificar una puerta corredera metálica con una puerta de paso incluida. Hasta ahí sin problema. El asunto es que el CTE permite que la puerta de paso incluida en la puerta corredera sea de inferior clasificación, cito textual (DB SI con comentarios, versión junio 2016, pág. 20):

Una mampara móvil utilizada como elemento compartimentador de incendios debe garantizar la resistencia al fuego exigible conforme al DB SI considerando la mampara como un elemento separador, no como una puerta. Por tanto, debe tener el mismo valor exigible a la pared y no el 50% de dicho valor. Esta reducción sí es aplicable a las puertas de paso contenidas en las mamparas.

Por otro lado, la norma de ensayo UNE EN 1634-1:2016 especifica muy claramente que «Cuando una puerta corredera resistente al fuego incorpora una puerta de paso, la puerta paso, incluida su marco, debe ser resistente al fuego hasta al menos la misma clasificación que la puerta corredera en la que va instalada».

¿Quiere decir esto que en la práctica nunca se podrá realizar esa reducción del 50% en la clasificación de la puerta de paso, ya que ningún laboratorio acreditado podría emitri un informe con dicha clasificación puesto que no lo permite la norma de ensayo de puertas?

Respuesta
En contestación a su consulta le informamos que, conforme al texto reglamentario del DB SI, con carácter general, las puertas de paso situadas en un elemento delimitador resistente al fuego pueden tener la mita de resistencia al fuego requerida a dicho elemento.

En cambio, conforme a la versión actual de la norma de ensayo UNE EN 1634-1:2016, para obtener la clasificación de resistencia la fuego de una puerta corredera con una peatonal integrada, el ensayo debe hacerse sobre el conjunto, y la clasificación obtenida es también para el conjunto.

Dada la imposibiliudad técnica de que en una solución de este tipo pueda darse una clasificación de resistencia al fuego para la puerta abatible y otra para la corredera que la contiene, en la próxima actualización del DB SI comentado se revisará en este sentido que menciona.

En todo caso, el último párrafo de dicho comentario sigue teniendo validez, de forma que si no se superarn las dimensiones mencionadas, el conjunto de puerta abatible+corredera podría acogerse a la reducción del 50%.

«Es posible aplicar la reducción del 50% de la resistencia al fuego cuando se trate de un hueco cuya anchura no exceda de la máxima admisible para una puerta abatible de dos hojas, es decir, de 2,46 m (=1,23 + 1,23) aunque la puerta incluya, además de sus elementos practicables, otros fijos tales como montante y paneles laterales.

 

Scroll al inicio