En relación a la consideración espacio exterior seguro, realizamos la siguiente consulta:
¿Se puede seguir considerando un espacio exterior seguro si se realiza una intervención para cubrirlo parcialmente mediante lonas, siempre y cuando la disposición de estas permite una amplia disipación del calor, del humo y de los gases producidos por un incendio?
Respuesta
En contestación a su consulta le informamos que lla validez de un espacio exterior parcialmente cubierto como espacio exterior seguro y, con ello, de las salidas a éste como salidas de edificio, debe ser valorada en cada caso concreto.
Conforme a la Parte I del CTE, pueden adoptarse soluciones alternativas a las establecidas en el DB SI, siempre que se justifique documentalmente que se la solución cumple las exigencias básicas del CTE porque sus prestaciones son, al menos, equivalentes a las obtenidas por la aplicación del DB.
