[835] Anchura de salida de recinto de escalera protegida

El caso que planteamos es el siguiente:
– Escalera protegida o especialmente protegida contigua a fachada y que tiene salida directa al espacio exterior seguro en la planta de salida del edificio.
– En dicha planta de salida hay ocupantes del edificio que utilizan como salida el recinto de la escalera (en caso de incendio utilizan el descansillo situado a nivel de planta de salida como recorrido de evacuación).

¿Cuál debe ser el criterio para dimensionar la puerta de salida al exterior? ¿Es válido el criterio de la tabla 4.1 (anchura de puerta ≥ 80% de anchura de la escalera) o debe incrementarse la anchura en función del número de personas evacuadas desde la planta baja?

Respuesta
Basta con aplicar el punto 3 de SI 3-4.1, comprobando después que se está cumpliendo la nota (1) de la tabla 4.1.

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