El CTE DB SI 3 establece las características de las puertas situadas en recorridos de evacuación:
– Dimensionado de hojas.
– Eje de giro.
– Sistema de cierre y de apertura.
– Sentido de apertura.
– Etc.
En ocasiones, cuando las puertas que acceden al espacio exterior seguro bien sea desde el interior del edificio ocupado completamente por el establecimiento o desde el espacio libre privado en que se encuentra el establecimiento, no se ajustan a las exigencias establecidas por el CTE en función de su uso y asignación de personas (dimensión máxima de hojas, sentido de apertura, sistema de cierre, etc.), se plantea por parte del titular el compromiso de mantener las puertas permanentemente abiertas durante la ocupación del establecimiento.
Este “compromiso” podría entrar en conflicto con la necesidad de reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños derivados de un incendio de origen accidental al no poder garantizar la el cierre por circunstancias varias (corrientes de aire, manipulación voluntaria o involuntaria de las puertas, etc.), máxime cuando el establecimiento no disponga de un servicio de vigilancia permanente en dichas puertas o de un sistema que física y permanentemente garantice su posición de abiertas incluso ante fáciles manipulaciones como a las que pueden ser sometidas, por ejemplo, los cerrojos manuales verticales que se empotran parcialmente en el suelo.
Valgan como ejemplos los siguientes:
– Edificio administrativo con ocupación superior a 100 personas, situado en el interior de un espacio de parcela cuya comunicación con el espacio exterior se realiza a través de un vallado perimetral provisto de una puerta de dos hojas de grandes dimensiones (mayores de 1,23 m) y apertura en sentido contrario a la evacuación.
– Edificio de pública concurrencia (biblioteca, centro cultural, etc.) con ocupación superior a 100 personas y comunicación con el espacio exterior seguro a través de portón de grandes dimensiones (mayores de 1,23 m), apertura en sentido contrario a la evacuación y/o cierre formado por cerrojo pasante.
Agradecería confirmar si esta opción de comprometerse a mantener las puertas permanente abiertas sería admisible, o en qué supuestos se podría admitir (vigilancia permanente en el acceso, sistema de enclavamiento mecánico sin posibilidad de fácil manipulación, puertas o fachadas que constituyan elementos con algún grado de protección histórico-artística, etc.).
Respuesta
El compromiso personal del titular de un establecimiento no puede ser una solución alternativa que haga posible el incumplimiento de exigencias reglamentarias.
