De acuerdo al DB SI es obligatoria la instalación de columna seca en edificios de viviendas de más de 24 metros de altura. Asimismo, es obligatorio el diseño de dos escaleras de evacuación que sirvan a las viviendas a partir de 28 metros de altura. Es obligatoria la instalación de dos columnas secas, una por escalera, o basta con que se dote de ésta instalación una de las escaleras?
Respuesta
Se puede considerar que una toma de planta de una columna seca es suficiente y da cobertura, en su misma planta y sector de incendio, a los puntos situados a 50 m de recorrido desde dicha toma, como máximo.
