[539] Reacción al fuego de tuberías de instalación de saneamiento

En un edificio de Oficinas, tenemos tuberías de saneamiento que discurren por techo de Uso Aparcamiento ubicado en planta baja, de tal forma que estas tuberías quedan a la vista. La pregunta es si a estas tuberías se le puede aplicar la exención de exigencia de reacción al fuego en caso de que su superficie no supere el 5% de las superficies totales del conjunto de los techos del recinto.

En el caso de estas mismas tuberías por el interior de falsos techos (en la zona de oficinas), ¿se le podría aplicar la misma exención?

Respuesta
En ambos casos, si su superficie no excede del 5% de la superficie del conjunto del techo del recinto o de la cámara del falso techo en cuestión, la clase de reacción al fuego según SI 1-4 no sería exigible.

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