[514] Tornos de control de accesos: ¿Puertas o pasos?

¿Cuál es el criterio que debe adoptarse en los proyectos para los controles de acceso para personas con movilidad reducida:

Es una puerta y puede ser de 80cm como mínimo o se trata de un paso que debe alcanzar 1 metro?

Respuesta
Los tornos y otros elementos de control de acceso situados en itinerarios accesibles se deben asimilar a los estrechamientos puntuales, lo que supone que su anchura debe ser al menos 1 m en una longitud que no exceda de 0,50 m. Si la excede, su anchura debe ser al menos 1,20 m.

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