[413] Dotación de instalación de BIEs en un edificio de poco riesgo

Una parcela constituida por una tipología de viviendas adosadas unifamiliares (de dos plantas de altura) dispuestas en hilera cuyo acceso a cada una de ellas es independiente a través de un pasillo abierto al exterior de acceso desde la planta baja, que se pretenden explotar como apartamientos turísticos con capacidad mayor a 50 personas (entorno a 4200 m² construidos para uso residencial público), ¿necesita la dotación de bocas de incendios equipadas de 25 mm y de sistemas de detección y alarma, aún teniendo esta configuración de viviendas adosadas, con la consideración de riesgo mínimo limitado a cada vivienda?

Respuesta
Para un establecimiento de uso residencial público con más de 1000 m² o más de 50 plazas de alojamiento el DB SI exige que esté dotado con instalación de bocas de incendio equipadas.

La valoración, la decisión y la responsabilidad acerca de si las características particulares de riesgo de un edificio concreto pueden permitir flexibilizar o eliminar dicha exigencia corresponde a la autoridad de control. Una vez más, reiteramos que a esta Dirección General no le corresponde dicha función.

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