[399] Ocupación en vestíbulo de acceso a restaurante

En relación al cálculo del aforo de un bar restaurante, para la solicitud de su licencia de actividad, con respecto a un vestíbulo de acceso de 3,86m² útiles, podría este entenderse como de ocupación nula por ser esta ocasional, o por el contrario le corresponderían los preceptivos 2m²/pers de los vestíbulos generales?

Respuesta
En principio y con carácter general, al vestíbulo de acceso a un restaurante se le debe asignar la ocupación que le corresponda como tal vestíbulo. No obstante cabe la posibilidad de que las características particulares de cada caso concreto (dimensión del vestíbulo, funcionalidad, elementos existentes él, etc.) hagan posible no atribuirle ocupación.

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