[284] Implantación de actividad en vivienda

En nuestro municipio han presentado una comunicación previa para realizar una actividad de clases particulares de música en una vivienda.

Desde el Ayuntamiento se le exige que justifique el cumplimiento del CTE ya que se trata de una actividad docente, pero el técnico justifica que como se trata de una vivienda, y este es el uso principal, no le es exigible el cumplimiento del CTE, de acuerdo con la jurisprudencia. Nosotros no encontramos esta jurisprudencia.

Por ese motivo realizamos esta consulta, para saber si le es exigible el cumplimiento del CTE a esta actividad docente realizada en un domicilio.

Respuesta
Cuando el usuario de una vivienda, que continúa utilizándola como tal, lleva a cabo en ella actividades tales como una clase particular (idiomas, música, etc.) o una consulta profesional (médico, psicólogo, fisioterapeuta, esteticista, etc.) ello no supone un cambio de uso de la vivienda a efectos del CTE y no obliga a aplicar el mismo.

Scroll al inicio