En actividades con licencias autorizadas con normativa anterior al CTE, cuando se realiza un aumento o reducción de las mesas y sillas de las zonas de público sentado en bares, cafeterías, restaurantes y similares y por ende se ve incrementada o reducida su ocupación.
1. ¿Debe cumplirse el DB SI 3 (nº de salidas, recorridos de evacuación,etc..) dado que se altera la ocupación y/o sus elementos de evacuación?
En caso afirmativo:
2.1 ¿Su cumplimiento debe quedar reflejado como proyecto en la documentación necesaria para la obtención de las autorizaciones y licencias perceptivas?
2.2.¿Si la modificación del mobiliario supone una disminución de la ocupación y con la configuración del establecimiento no se cumple el DB SI 3, se puede admitir el cumplimiento de la normativa anterior dado que no se menoscaban las condiciones de seguridad preexistentes?
Respuesta
Una intervención consistente en reducir el número de mesas y sillas de las zonas de público sentado en bares, cafeterías, restaurantes y similares, reduciendo con ello la ocupación declarada conforme a una licencia concedida según reglamentación anterior al CTE, es una intervención que no obliga a tener que cumplir las condiciones de evacuación del CTE DB SI, incluso aunque tras la reducción dichas condiciones no se cumplan, siempre que la intervención no suponga un empeoramiento de las condiciones de seguridad contra incendios.
Si la intervención consiste en aumentar las mesas y sillas, y con ello la ocupación, debe justificarse el cumplimiento de las condiciones de evacuación del DB SI tras dicha intervención, mediante la documentación que sea necesaria para obtener las autorizaciones y licencias que sean perceptivas.
