[172] Resistencia al fuego de portones y cierres de transportadores

La consulta es sobre el grado de resistencia al fuego en un hueco en un elemento compartimentador.

– Para el caso de que sea un hueco de una puerta de paso ya dice el C.T.E: que la puerta puede tener la mitad de resistencia al fuego que el elemento compartimentador.

– Para el caso de un hueco de cortinas cortafuegos, que se consideran elementos de compartimentación móviles, la resistencia al fuego requerida es la del muro compartimentador.

– ¿Y para el caso de huecos de portones, entendidos, como puertas no sólo de paso de personas?

– ¿Y para el caso de huecos de transportadores automáticos?

Respuesta
Dada las dimensiones de los portones (puertas industriales, de garaje, etc.) muy superiores a las de las puertas de paso, se consideran también elementos móviles de compartimentación y su resistencia al fuego debe ser la misma que la exigible a los elementos fijos.

Los cierres de transportadores suelen ser pequeños, en cuyo caso su resistencia al fuego podría ser, como en el caso de puertas de paso, el 50% de la exigible al elemento compartimentador en el que estén situados. Si exceden la dimensión de una puerta de dos hojas (más de 4,5 m2) se tratarían como los portones, cortinas, etc. y su resistencia al fuego debería ser el 100%.

Todo ello, en el marco de aplicación del CTE DB SI, es decir, en aquellos establecimientos no regulados por el RSCIEI. En los regulados por el RSCIEI debe estarse a lo que establezca dicho reglamento o, en su caso, al criterio que al respecto establezca el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

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