[103] Salida habitual no utilizable en caso de emergencia

Me dirijo a usted para realizarle una consulta sobre el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DB-SI) del Código Técnico de la Edificación.

La consulta está relacionada con la sección “SI 3 – Evacuación de Ocupantes”, concretamente con su Capítulo 1, y es la siguiente:

Dado que el DB-SI del CTE se aplica sólo a efectos de seguridad en caso de incendio, pues tiene por objeto establecer las reglas y procedimientos que permitan cumplir las exigencias básicas de seguridad en dicho caso, ¿se puede considerar que el término “salida de uso habitual” no aplica a un acceso que en caso de incendio no está habilitado ni como salida ni como acceso ya que queda bloqueado, por mucho que cuando no se produce ninguna situación de emergencia se pueda acceder por el mismo?

Entendemos que dicha definición se refiere a aquella salida en la que coincide que es acceso habitual y asimismo es salida en caso de incendio, por contraposición a la “salida de emergencia” que es aquella que no constituye acceso habitual y que sólo se usa en caso de alarma de incendio.

Respuesta
Las salidas se regulan (y se entienden) según su función de salida, no según su función como acceso.

Una salida de uso habitual es aquella que se utiliza como salida, en circunstancias normales, sin perjuicio de que también se utilice en caso de emergencia. Se señalizan como “Salida”, a diferencia de las salidas previstas para ser utilizadas exclusivamente en caso de emergencia, las cuales se señalizan como “Salida de emergencia”.

Salvo en casos muy especiales de ocupación formada por personas entrenadas y muy conocedoras del entorno, va en contra de todo criterio de seguridad que haya accesos que en caso de incendio no funcionen como salida y que queden bloqueadas como tales. Más aún si en circunstancias normales sí funcionan como salidas.

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